Ayudas para placas solares en Madrid
Ayudas al autoconsumo
En Madrid hay 3 ayudas fiscales al autoconsumo solar: bonificaciones municipales del IBI y el ICIO más la deducción estatal del IRPF. Cada una con su cuantía, requisitos y fuente oficial, verificadas a 24 de junio de 2026.
Los datos municipales corresponden a Madrid (capital de provincia). Otros municipios pueden tener bonificaciones distintas o ninguna.
Verificadas a 24 de junio de 2026
Para una vivienda unifamiliar, el plazo de amortización baja de 10,6 a 6,3 años aplicando la deducción del IRPF (el mejor caso, con certificado energético). Tu rebaja real depende de tu caso, y se calcula en la calculadora.
Qué ayudas hay
Las ayudas, una a una
Deducción estatal del IRPF
Deducción de hasta el 40 % (base máx. 7.500 €) si tu certificado energético acredita la mejora exigida. La fotovoltaica no da derecho a la deducción por sí sola: depende de tu certificado.
Requisitos: Exige dos certificados de eficiencia energética (antes y después de la obra); el posterior debe expedirse antes del 1/1/2027. Se aplica a vivienda habitual o en expectativa de alquiler; no a la parte afecta a actividad económica.
Fuente oficial: AEAT — Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda (DA 50.ª de la Ley 35/2006 del IRPF), vigente para 2026 según la AEAT · Verificado el 5 de julio de 2026
Bonificación municipal del IBI
Bonificación del 50 % de tu cuota del IBI durante 5 años. Beledan no conoce tu cuota, así que no la traduce a euros. Tope: máx. 50 % del coste de la instalación al año · máx. 95 % del coste de la instalación en total.
Requisitos: Declaración responsable de técnico competente; debe solicitarse en el mismo año de la inscripción de la instalación en el registro del órgano competente. La instalación no puede ser obligatoria por la normativa aplicable. Requiere autorización urbanística municipal previa.
Qué dice la ordenanza (cita literal)
«1. Los inmuebles no sujetos al régimen de propiedad horizontal, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo, podrán disfrutar de una bonificación sobre la cuota íntegra del impuesto, durante los cinco períodos impositivos siguientes al de la fecha de la inscripción de la instalación en el Registro del órgano competente […] 2. El porcentaje de bonificación será del 50%, tanto en los casos de instalaciones realizadas en inmuebles de uso residencial como en inmuebles de uso distinto al residencial. […] 4. En los casos a que se refiere el apartado 1, el importe de la bonificación anual no podrá exceder, para cada ejercicio, del 50% del coste de ejecución material de la instalación. […] En ambos casos, en el cómputo global, el importe de la bonificación concedida por todos los ejercicios no podrá superar el 95% del citado coste de ejecución material de la instalación.»Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del Ayuntamiento de Madrid (2026), art. 13, apartados 1, 2 y 4
Publicado en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, n.º 307 (26 de diciembre de 2025)
Fuente oficial: Ayuntamiento de Madrid — Portal del Contribuyente (Ordenanza Fiscal reguladora del IBI, bonificación por aprovechamiento de energía solar) · Verificado el 24 de junio de 2026
Bonificación municipal del ICIO
Bonificación del 95 % de la cuota del ICIO. En la vivienda de referencia son unos 131 €: es un impuesto que se paga aparte de la instalación, así que no adelanta tu plazo de amortización.
Requisitos: Se aplica en la autoliquidación del impuesto; debe solicitarse dentro de los 2 meses desde la licencia, la declaración responsable o la orden de ejecución.
Qué dice la ordenanza (cita literal)
«1. Disfrutarán de una bonificación del 95% sobre la cuota las construcciones, instalaciones u obras consistentes en la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. […] Artículo 25. Tipo de gravamen. El tipo de gravamen será del 3,75 por 100 de la base imponible.»Ordenanza Fiscal 7/2023 reguladora del ICIO del Ayuntamiento de Madrid (texto 2026), art. 13 (bonificación) y art. 25 (tipo de gravamen)
Publicado en Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, n.º 307 (26 de diciembre de 2025)
Fuente oficial: Ayuntamiento de Madrid — Portal del Contribuyente (Ordenanza Fiscal 7/2023 reguladora del ICIO, art. 13, «Bonificación por aprovechamiento de la energía solar») · Verificado el 24 de junio de 2026
Cómo se aplican
Van aparte, nunca dentro del plazo principal
El plazo que calculamos es siempre sin ayudas. Estas se suman aparte porque lo que te rebajen depende de ti: de tu cuota del IBI, de tu valor catastral y de tu IRPF. En la calculadora las activas y ves, con y sin, la diferencia exacta en tu caso.
De dónde sale el dato
Cada ayuda, con su ordenanza y su fecha
El dato municipal (IBI/ICIO, según proceda) sale de la ordenanza fiscal del ayuntamiento; la deducción del IRPF, de la AEAT. Verificadas una a una, sin inventar nada.
Verificado por Daniel Sio, fundador y responsable de los datos. Cómo verificamos · Documentos archivados
Verificado el 24 de junio de 2026
Dudas sobre las ayudas en Madrid
¿Qué ayudas fiscales hay para placas solares en Madrid?
En Madrid hay 3 ayudas fiscales al autoconsumo solar: bonificaciones municipales del IBI y el ICIO más la deducción estatal del IRPF. Cada una con su cuantía, requisitos y fuente oficial, verificadas a 24 de junio de 2026.
¿Bonifica Madrid el IBI y el ICIO por instalar autoconsumo solar?
Sí. Madrid bonifica el IBI y el ICIO por instalar sistemas de aprovechamiento de la energía solar, según su ordenanza fiscal. La cuantía, los requisitos y la fecha de verificación de cada bonificación están en esta página.
¿Cuánto bonifica Madrid el IBI por instalar placas solares?
Bonificación del 50 % de tu cuota del IBI durante 5 años. Beledan no conoce tu cuota, así que no la traduce a euros. Tope: máx. 50 % del coste de la instalación al año · máx. 95 % del coste de la instalación en total.
¿Cuánto bonifica Madrid el ICIO por instalar placas solares?
Bonificación del 95 % de la cuota del ICIO. En la vivienda de referencia son unos 131 €: es un impuesto que se paga aparte de la instalación, así que no adelanta tu plazo de amortización.
¿Hay subvenciones para placas solares en Madrid?
Conviene distinguirlas, porque no son lo mismo. Lo que verificamos aquí son bonificaciones fiscales del ayuntamiento de Madrid (IBI e ICIO), que descuentan impuestos que ya pagas, y la deducción estatal del IRPF, que se aplica en tu declaración. Una subvención es dinero que se solicita en convocatoria, normalmente de tu comunidad autónoma con fondos europeos: tiene plazo, presupuesto limitado y se agota. Esa parte no la cubrimos, así que consúltala en tu comunidad. Las bonificaciones municipales, en cambio, no se agotan: dependen de la ordenanza y de que las pidas.

Mira cuánto te rebajan en tu caso
Calcular la amortización solar en MadridInformación orientativa, no asesoramiento fiscal: confírmala en la AEAT o en tu ayuntamiento; la obtención efectiva depende de que cumplas los requisitos.