Ayudas para placas solares en Granada
Ayudas al autoconsumo
En Granada hay 3 ayudas fiscales al autoconsumo solar: bonificaciones municipales del IBI y el ICIO más la deducción estatal del IRPF. Cada una con su cuantía, requisitos y fuente oficial, verificadas a 5 de julio de 2026.
Los datos municipales corresponden a Granada (capital de provincia). Otros municipios pueden tener bonificaciones distintas o ninguna.
Verificadas a 5 de julio de 2026
Para una vivienda unifamiliar, el plazo de amortización baja de 10,5 a 6,2 años aplicando la deducción del IRPF (el mejor caso, con certificado energético). Tu rebaja real depende de tu caso, y se calcula en la calculadora.
Qué ayudas hay
Las ayudas, una a una
Deducción estatal del IRPF
Deducción de hasta el 40 % (base máx. 7.500 €) si tu certificado energético acredita la mejora exigida. La fotovoltaica no da derecho a la deducción por sí sola: depende de tu certificado.
Requisitos: Exige dos certificados de eficiencia energética (antes y después de la obra); el posterior debe expedirse antes del 1/1/2027. Se aplica a vivienda habitual o en expectativa de alquiler; no a la parte afecta a actividad económica.
Fuente oficial: AEAT — Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda (DA 50.ª de la Ley 35/2006 del IRPF), vigente para 2026 según la AEAT · Verificado el 5 de julio de 2026
Bonificación municipal del IBI
Bonificación del 50 % de tu cuota del IBI durante 1 año. Beledan no conoce tu cuota, así que no la traduce a euros.
Requisitos: Rogada: debe solicitarse antes del 1 de marzo del ejercicio en que deba surtir efecto. Excluidas las viviendas de nueva construcción. El texto 2026 añade: tener el recibo domiciliado (o domiciliarlo), estar al corriente de pago con el Ayuntamiento, y aportar factura del instalador, comunicación previa o declaración responsable, certificado de instalación eléctrica de baja tensión y comunicación de puesta en funcionamiento de la Junta de Andalucía. Instalación realizada con carácter voluntario; no aplicable si es obligatoria por la normativa vigente.
Qué dice la ordenanza (cita literal)
«7.- Bonificación por instalación de energía solar. Tendrán derecho a una Bonificación de 50% de la cuota, las viviendas (excepto las de nueva construcción) en las que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre y cuando la instalación haya sido realizada con carácter voluntario por el sujeto pasivo y no responda a obligaciones derivadas de la normativa vigente. […] Esta bonificación se aplica únicamente el año siguiente a aquél en que se hace la instalación y tiene que ser solicitada por los beneficiarios antes del 1 de marzo del ejercicio en que deba de surtir efectos, previa justificación documental de la misma»Ordenanza Fiscal n.º 3 (IBI) del Ayuntamiento de Granada, art. 10º, apartado 7 «Bonificación por instalación de energía solar»
Publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Granada, n.º 245 (24 de diciembre de 2025)
Fuente oficial: Ayuntamiento de Granada — Ordenanza Fiscal n.º 3 (IBI), texto vigente 2026, art. 10º.7 (bonificación por instalación de energía solar) · Verificado el 20 de julio de 2026
Bonificación municipal del ICIO
Bonificación del 95 % de la cuota del ICIO. En la vivienda de referencia son unos 138 €: es un impuesto que se paga aparte de la instalación, así que no adelanta tu plazo de amortización.
Requisitos: Bonificación del 95 % de la cuota a favor de obras que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, realizadas con carácter voluntario. Se solicita con la licencia de obra o declaración responsable. ICIO: no procede bonificación alguna si las obras se inician ANTES de obtener la licencia municipal, ni si con motivo de ellas se incoa expediente de infracción urbanística, ni si se realizan a raíz de un expediente de inspección o infracción.
Qué dice la ordenanza (cita literal)
«4.- Gozarán de una bonificación del 95% de la cuota del impuesto, al amparo de lo previsto en el Art. 103.2 b) del RDL 2/2004, a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre y cuando dicha incorporación haya sido realizada con carácter voluntario por el sujeto pasivo y no responda obligaciones derivadas de la normativa vigente, por el importe resultante de aplicar un tipo de beneficio del 95% a la parte de la cuota derivada, en su caso, del coste adicionado a la base imponible de ese impuesto por la realización de las mismas.»Ordenanza Fiscal n.º 4 (ICIO) del Ayuntamiento de Granada, art. 6º, apartado 4 (bonificación) y art. 5º, apartado 2 (tipo de gravamen)
Publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Granada, n.º 116 (19 de junio de 2026)
Fuente oficial: Ayuntamiento de Granada — Ordenanza Fiscal n.º 4 (ICIO), texto vigente 2026, art. 6º.4 (bonificación) y art. 5º.2 (tipo de gravamen) · Verificado el 20 de julio de 2026
Cómo se aplican
Van aparte, nunca dentro del plazo principal
El plazo que calculamos es siempre sin ayudas. Estas se suman aparte porque lo que te rebajen depende de ti: de tu cuota del IBI, de tu valor catastral y de tu IRPF. En la calculadora las activas y ves, con y sin, la diferencia exacta en tu caso.
De dónde sale el dato
Cada ayuda, con su ordenanza y su fecha
El dato municipal (IBI/ICIO, según proceda) sale de la ordenanza fiscal del ayuntamiento; la deducción del IRPF, de la AEAT. Verificadas una a una, sin inventar nada.
Verificado por Daniel Sio, fundador y responsable de los datos. Cómo verificamos · Documentos archivados
Verificado el 5 de julio de 2026
Dudas sobre las ayudas en Granada
¿Qué ayudas fiscales hay para placas solares en Granada?
En Granada hay 3 ayudas fiscales al autoconsumo solar: bonificaciones municipales del IBI y el ICIO más la deducción estatal del IRPF. Cada una con su cuantía, requisitos y fuente oficial, verificadas a 5 de julio de 2026.
¿Bonifica Granada el IBI y el ICIO por instalar autoconsumo solar?
Sí. Granada bonifica el IBI y el ICIO por instalar sistemas de aprovechamiento de la energía solar, según su ordenanza fiscal. La cuantía, los requisitos y la fecha de verificación de cada bonificación están en esta página.
¿Cuánto bonifica Granada el IBI por instalar placas solares?
Bonificación del 50 % de tu cuota del IBI durante 1 año. Beledan no conoce tu cuota, así que no la traduce a euros.
¿Cuánto bonifica Granada el ICIO por instalar placas solares?
Bonificación del 95 % de la cuota del ICIO. En la vivienda de referencia son unos 138 €: es un impuesto que se paga aparte de la instalación, así que no adelanta tu plazo de amortización.
¿Hay subvenciones para placas solares en Granada?
Conviene distinguirlas, porque no son lo mismo. Lo que verificamos aquí son bonificaciones fiscales del ayuntamiento de Granada (IBI e ICIO), que descuentan impuestos que ya pagas, y la deducción estatal del IRPF, que se aplica en tu declaración. Una subvención es dinero que se solicita en convocatoria, normalmente de tu comunidad autónoma con fondos europeos: tiene plazo, presupuesto limitado y se agota. Esa parte no la cubrimos, así que consúltala en tu comunidad. Las bonificaciones municipales, en cambio, no se agotan: dependen de la ordenanza y de que las pidas.

Mira cuánto te rebajan en tu caso
Calcular la amortización solar en GranadaInformación orientativa, no asesoramiento fiscal: confírmala en la AEAT o en tu ayuntamiento; la obtención efectiva depende de que cumplas los requisitos.