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Beledan

Ayudas para placas solares en Badajoz

Ayudas al autoconsumo

En Badajoz hay 3 ayudas fiscales al autoconsumo solar: bonificaciones municipales del IBI y el ICIO más la deducción estatal del IRPF. Cada una con su cuantía, requisitos y fuente oficial, verificadas a 26 de junio de 2026.

Los datos municipales corresponden a Badajoz (capital de provincia). Otros municipios pueden tener bonificaciones distintas o ninguna.

Verificadas a 26 de junio de 2026

Para una vivienda unifamiliar, el plazo de amortización baja de 10,7 a 6,3 años aplicando la deducción del IRPF (el mejor caso, con certificado energético). Tu rebaja real depende de tu caso, y se calcula en la calculadora.

Qué ayudas hay

Las ayudas, una a una

Estatal

Deducción estatal del IRPF

Deducción de hasta el 40 % (base máx. 7.500 €) si tu certificado energético acredita la mejora exigida. La fotovoltaica no da derecho a la deducción por sí sola: depende de tu certificado.

Requisitos: Exige dos certificados de eficiencia energética (antes y después de la obra); el posterior debe expedirse antes del 1/1/2027. Se aplica a vivienda habitual o en expectativa de alquiler; no a la parte afecta a actividad económica.

Fuente oficial: AEAT — Deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de la vivienda (DA 50.ª de la Ley 35/2006 del IRPF), vigente para 2026 según la AEAT · Verificado el 5 de julio de 2026

Municipal

Bonificación municipal del IBI

Bonificación del 50 % de tu cuota del IBI durante 3 años. Beledan no conoce tu cuota, así que no la traduce a euros. Tope: máx. 500 €/año.

Requisitos: Rogada, durante los 3 ejercicios siguientes a la finalización de la instalación. Para inmuebles de uso predominante residencial no sujetos a propiedad horizontal. Requiere licencia urbanística y acreditar finalización y, en su caso, homologación de colectores. (En propiedad horizontal el límite es 200 €/año.) No se concede si la instalación fue obligatoria por la normativa específica. No aplica a ampliaciones/sustituciones de instalaciones existentes.

Qué dice la ordenanza (cita literal)
«Los inmuebles residenciales no sujetos al régimen de propiedad horizontal, podrán disfrutar de una bonificación anual del 50% sobre la cuota íntegra del impuesto con un límite de 500 euros de bonificación anual durante los tres ejercicios siguientes al de finalización de la instalación. Las viviendas y locales ubicados en edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal que realicen una instalación compartida de autoconsumo para suministrar energía a todos o alguno de ellos, podrán disfrutar de una bonificación del 50% de la cuota íntegra del impuesto con un límite de 200 euros de bonificación anual durante los tres ejercicios siguientes al de finalización de la instalación. F) No se concederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica en la materia.»

Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Ayuntamiento de Badajoz, Ordenanzas Fiscales 2024), art. 4 «Bonificaciones», apartado 5

Publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, n.º 179 (19 de septiembre de 2023)

Copia archivada del documento oficial

Fuente oficial: Ayuntamiento de Badajoz — Ordenanzas Fiscales 2024, IBI, art. de bonificaciones, apdo. 5 (aprovechamiento de la energía solar para autoconsumo) · Verificado el 26 de junio de 2026

Municipal

Bonificación municipal del ICIO

Bonificación del 95 % de la cuota del ICIO. En la vivienda de referencia son unos 141 €: es un impuesto que se paga aparte de la instalación, así que no adelanta tu plazo de amortización.

Requisitos: Bonificación del 95 % de la cuota del ICIO para obras que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo, siempre que cubran al menos el 50 % del suministro total de energía. Requiere homologación de colectores y que la instalación no sea obligatoria.

Qué dice la ordenanza (cita literal)
«Una bonificación del 95 por ciento a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar. La bonificación sólo se aplica sobre obras que supongan la instalación de sistemas representan al menos el 50 por 100 del suministro total de energía. e) No se concederá la bonificación cuando la instalación de los sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico sea obligatoria de acuerdo con la normativa específica en la materia. El tipo de gravamen será el 4 por 100.»

Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (Ayuntamiento de Badajoz, Ordenanzas Fiscales 2024), art. 3 «Exenciones y Bonificaciones», apartado 6; tipo de gravamen en art. 5.3

Publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, n.º 64 (4 de abril de 2024)

Copia archivada del documento oficial

Fuente oficial: Ayuntamiento de Badajoz — Ordenanzas Fiscales 2024, ICIO (bonificación 95 % energía solar; tipo de gravamen 4 %) · Verificado el 26 de junio de 2026

Cómo se aplican

Van aparte, nunca dentro del plazo principal

El plazo que calculamos es siempre sin ayudas. Estas se suman aparte porque lo que te rebajen depende de ti: de tu cuota del IBI, de tu valor catastral y de tu IRPF. En la calculadora las activas y ves, con y sin, la diferencia exacta en tu caso.

De dónde sale el dato

Cada ayuda, con su ordenanza y su fecha

El dato municipal (IBI/ICIO, según proceda) sale de la ordenanza fiscal del ayuntamiento; la deducción del IRPF, de la AEAT. Verificadas una a una, sin inventar nada.

Verificado por Daniel Sio, fundador y responsable de los datos. Cómo verificamos · Documentos archivados

Verificado el 26 de junio de 2026

Dudas sobre las ayudas en Badajoz

¿Qué ayudas fiscales hay para placas solares en Badajoz?

En Badajoz hay 3 ayudas fiscales al autoconsumo solar: bonificaciones municipales del IBI y el ICIO más la deducción estatal del IRPF. Cada una con su cuantía, requisitos y fuente oficial, verificadas a 26 de junio de 2026.

¿Bonifica Badajoz el IBI y el ICIO por instalar autoconsumo solar?

Sí. Badajoz bonifica el IBI y el ICIO por instalar sistemas de aprovechamiento de la energía solar, según su ordenanza fiscal. La cuantía, los requisitos y la fecha de verificación de cada bonificación están en esta página.

¿Cuánto bonifica Badajoz el IBI por instalar placas solares?

Bonificación del 50 % de tu cuota del IBI durante 3 años. Beledan no conoce tu cuota, así que no la traduce a euros. Tope: máx. 500 €/año.

¿Cuánto bonifica Badajoz el ICIO por instalar placas solares?

Bonificación del 95 % de la cuota del ICIO. En la vivienda de referencia son unos 141 €: es un impuesto que se paga aparte de la instalación, así que no adelanta tu plazo de amortización.

¿Hay subvenciones para placas solares en Badajoz?

Conviene distinguirlas, porque no son lo mismo. Lo que verificamos aquí son bonificaciones fiscales del ayuntamiento de Badajoz (IBI e ICIO), que descuentan impuestos que ya pagas, y la deducción estatal del IRPF, que se aplica en tu declaración. Una subvención es dinero que se solicita en convocatoria, normalmente de tu comunidad autónoma con fondos europeos: tiene plazo, presupuesto limitado y se agota. Esa parte no la cubrimos, así que consúltala en tu comunidad. Las bonificaciones municipales, en cambio, no se agotan: dependen de la ordenanza y de que las pidas.

Mira cuánto te rebajan en tu caso

Calcular la amortización solar en Badajoz

Información orientativa, no asesoramiento fiscal: confírmala en la AEAT o en tu ayuntamiento; la obtención efectiva depende de que cumplas los requisitos.